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Inversiones de los Fondos de Pensiones
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1. ¿Qué normas deben respetar los Fondos respecto a sus inversiones?
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Las principales son las siguientes:
- La cantidad de inversión libre no podrá superar el 10%.
- La inversión regulada tiene que ser el 90%.
- La cantidad máxima que se puede tener en depósitos bancarios es el 15%.
- Tiene que mantenerse un coeficiente de liquidez del 1%.
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2. ¿En qué invierte un Fondo de Pensiones?
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El 75%, como mínimo, del activo de un Fondo de Pensiones se invertirá en activos financieros contratados en mercados regulados, en depósitos bancarios, en crédito con garantía hipotecaria y en inmuebles.
Habitualmente se invierte en Deuda del Estado y Comunidades Autónomas, otros valores de renta fija, pagarés de empresa, títulos del mercado hipotecario, acciones y fondos de inversión.
Se fija un coeficiente mínimo de liquidez del 1% del activo del Fondo que debe mantenerse en depósitos a la vista y en activos del mercado monetario con vencimiento no superior a tres meses. La denominada Ley de Acompañamiento de diciembre de 2001 facilita la inversión de los fondos de pensiones en otros mercados internacionales. Esto resulta atractivo puesto que favorece la diversificación de las inversiones de forma que se logra alcanzar rentabilidad con el mínimo riesgo posible. En la agenda del Ministerio de Economía está el desarrollo reglamentario de esta Ley.
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3. ¿Con qué criterios se debe invertir?
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Los Fondos de Pensiones deben realizar sus inversiones siguiendo los siguientes criterios:
- Seguridad, que es el objetivo fundamental.
- Rentabilidad que garantice alcanzar el volumen de recursos suficientes para la cobertura de las prestaciones, de acuerdo con el Plan de Pensiones.
- Diversificación que impida elevadas concentraciones de activos con riesgo.
- Congruencia de plazos que permita tener liquidez al momento de pago de las prestaciones previstas, sin que el Fondo se vea obligado a solicitar créditos que minoren su rentabilidad.
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4. ¿Cuántas clases de planes de pensiones existen?
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Una forma de clasificar los planes de pensiones es atendiendo al promotor del plan. En función de este criterio, existen tres sistemas de planes de pensiones:
- Planes de Pensiones del Sistema Asociado: El promotor es cualquier asociación, colegio profesional, colectivo o institución, que promueve el plan exclusivamente para sus asociados.
- Planes de Pensiones del Sistema Empleo: El promotor es cualquier empresa, que promueve la creación del plan para todos sus empleados.
- Planes de Pensiones del Sistema Individual: Son los planes creados por entidades financieras y compañías de seguros, y no establecen limitación para su contratación.
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5. ¿Son iguales las inversiones de todos los planes de pensiones individuales?
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Según la clasificación establecida por Inverco, los Planes de Pensiones Individuales se clasifican en seis categorías, en función de la vocación inversora del fondo al que se adscriben:
Clase del Plan
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Vocación Inversora
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Renta Fija a corto plazo
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No incluye activos de Renta Variable de contado, ni derivados cuyo subyacente no sea de Renta Fija Duración media de la cartera inferior a 2 años
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Renta Fija a largo plazo
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No incluye activos de Renta Variable de contado, ni derivados cuyo subyacente no sea de Renta Fija Duración media de la cartera superior a 2 años
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Renta Fija Mixta
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Menos del 30% de la cartera en activos en renta variable
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Renta Variable Mixta
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Entre el 30% y el 75% de la cartera en activos en renta variable
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Renta Variable
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Más del 75% de la cartera en activos en renta variable
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Garantizados
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Planes para los que exista garantía externa de un determinado rendimiento, otorgada por un tercero.
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© Caja Cantabria, 2005
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