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    GLOSARIO DE TÉRMINOS



Glosario de Términos



  • TASA ANUAL EQUIVALENTE (TAE): El TAE o Tasa Anual Equivalente (también llamado tipo de interés efectivo) expresa en base anual y suponiendo un solo pago de intereses al final del periodo, cualquier tipo de interés.

    De manera genérica la formula del TAE es:

    TAE = ((1+ ip) 365 / p ) -1

    Ejemplos del cálculo del TAE:

    1. Una cuenta corriente que paga un interés nominal del 12% anual pagadero a final del año.

    El TAE es del 12%. En este caso coinciden el TAE y el interés de la operación.

    2. Una inversión que ofrece un interés nominal del 12% anual pagadero semestralmente.

    Si la inversión es de 100 pesetas, al final del primer semestre tendremos:

    100 x (1 + (0,12/2)) = 100 x (1 + 0,6) =106

    Al cabo del año tendremos:

    106 x (1 + (0,12/2)) = 106 x (1 + 0,6) =112,36

    El TAE de la inversión será del 12,36%, que equivale a una inversión que ofrezca un interés nominal del 12,36% anual pagadero una única vez al final del periodo.

    3. Un Fondo de inversión con las siguientes características:

    Valor Inicial Valor Final

    Fecha 18/10/90 17/02/97

    Valor Liquidativo 1000 2.161

    La revalorización de el Fondo durante el periodo (ip) ha sido:

    (2.161/1000) -1 = 1,161 = 116,1%

    La duración del periodo expresada en días (p) ha sido: 2.314 días

    Llamando (id) al interés diario tenemos que:

    (1+id)2.314 = (1+1,16)

    Por otro lado, llamando (ia) al interés anual, tenemos que:

    (1+id)365 = (1+ia)

    Despejando en ambas expresiones tenemos:

    (1+id) = (1+1,16) 1 / 2.314

    (1+id) = (1+ia) 1 / 365

    Igualando ambas expresiones:

    (1+ia) 1 / 365 = (1+1,16) 1 / 2.314

    Despejando:

    (1+ia) = (1+1,16) 365 / 2.314

    ia = ((1+1,16) 365 / 2.314 ) -1 = 0,129 =12,90%

    Del desarrollo anterior podemos concluir que: decir que el fondo se ha revalorizado un 116,1 por cien en 2.314 días equivale a decir que ha obtenido un interés del 12,90% anual.

  • TASA DE RENTABILIDAD: Porcentaje que se obtiene dividiendo los beneficios que se han obtenido o se esperan recibir de una inversión entre el importe de la misma. La rentabilidad de una inversión es un concepto simple cuando se refiere a un único periodo. Se mide sencillamente como la ganancia total (plusvalía y rentas generadas) por unidad invertida. En las acciones, la rentabilidad proviene de las ganancias de capital y los dividendos; en los bonos, a las ganancias de capital se añaden los cupones pagados.

      Precio final - Precio inicial + (Dividendos o Cupones)
    Rentabilidad. = 
      Precio inicial


  • TASA INTERNA DE RENTABILIDAD (TIR): Tipo de interés que iguala a cero el valor actual de los flujos de caja futuros.

    2 n
    0 = (F1 / (1 + r)) + (F2 / (1 + r) ) + ..........................(Fn / (1 + r) )

    Desde F1 hasta Fn = Flujos de fondos generados en cada periodo

    r = Tasa interna de rentabilidad de la inversión

  • TENDENCIA: Dirección que toma un mercado (alcista o bajista).

  • TENDENCIA ALCISTA (Teoría de Dow): Aquélla en la que los máximos y mínimos de un valor son cada vez más altos.

  • TENDENCIA BAJISTA (Teoría de Dow): Aquélla en la que los máximos y mínimos de un valor son cada vez más bajos.

  • TIFFE (Tokyo International Financial Futures Exchange): Mercado de futuros financieros japonés.

  • TIPO DE GRAVAMEN: Porcentaje que se aplica sobre la base imponible para determinar la cuota impositiva que ha de pagar el contribuyente.

  • TOMAS DE RAZÓN: Cuando el comprador y vendedor se ponen de acuerdo para una transacción sobre valores cotizados, tienen que comunicárselo a un miembro del mercado para que "tome razón" de la operación. Deberán cumplir unos requisitos de precio e importe mínimo para que el miembro del mercado "tome razón" de la operación.

  • TRANSMISIÓN DE PARTICIPACIONES: Las participaciones de Fondos de Inversión, al ser valores negociables, pueden ser objeto de transmisión. No obstante, ello es más teórico que real, ya que en la práctica siempre se reembolsan. En los casos de transmisión de una participación, la Sociedad Gestora cancelará el certificado correspondiente a la participación cancelada y emitirá uno nuevo a nombre del adquirente. La renta obtenida por el transmitente tendrá la consideración fiscal de ganancia o pérdida patrimonial y tributará como tal.




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